Respuesta rápida: en 2026 la pensión mínima de jubilación con 65 años es de 936,20 € al mes sin cónyuge, 1.256,60 € con cónyuge a cargo y 888,70 € con cónyuge no a cargo, en 14 pagas. La viudedad mínima va de 709,40 € (menores de 60) a 1.256,60 € (con cargas familiares). Si tu pensión es más baja, la Seguridad Social te paga la diferencia con el complemento a mínimos, siempre que tus otras rentas no superen 9.442 € al año (11.013 € con cónyuge a cargo) y residas en España.
Por Muhammad Shahzad Raza · Última revisión: 28 de octubre de 2026 · Cuantías del Anexo I del Real Decreto-ley 16/2025 (BOE del 24 de diciembre de 2025).
Pensión mínima de jubilación 2026
| Situación | Mensual (14 pagas) | Anual |
|---|---|---|
| 65 años o más, con cónyuge a cargo | 1.256,60 € | 17.592,40 € |
| 65 años o más, sin cónyuge (unipersonal) | 936,20 € | 13.106,80 € |
| 65 años o más, con cónyuge no a cargo | 888,70 € | 12.441,80 € |
| Menor de 65, con cónyuge a cargo | 1.256,60 € | 17.592,40 € |
| Menor de 65, sin cónyuge | 875,90 € | 12.262,60 € |
| Menor de 65, con cónyuge no a cargo | 827,90 € | 11.590,60 € |
| Procedente de gran incapacidad, con cónyuge a cargo | 1.884,70 € | 26.385,80 € |
Pensión mínima de incapacidad permanente 2026
| Grado | Con cónyuge a cargo | Sin cónyuge | Cónyuge no a cargo |
|---|---|---|---|
| Gran incapacidad | 1.884,70 € | 1.404,30 € | 1.333,00 € |
| Absoluta (o total con 65 años) | 1.256,60 € | 936,20 € | 888,70 € |
| Total, entre 60 y 64 años | 1.256,60 € | 875,90 € | 827,90 € |
| Total por enfermedad común, menor de 60 | 690,20 € | 690,20 € | 684,30 € |
Pensión mínima de viudedad 2026
| Situación | Mensual | Anual |
|---|---|---|
| Con cargas familiares | 1.256,60 € | 17.592,40 € |
| 65 años o más, o discapacidad de al menos el 65 % | 936,20 € | 13.106,80 € |
| Entre 60 y 64 años | 875,90 € | 12.262,60 € |
| Menor de 60 años | 709,40 € | 9.931,60 € |
Orfandad y favor de familiares
| Tipo | Mensual | Anual |
|---|---|---|
| Orfandad, por beneficiario | 286,50 € | 4.011,00 € |
| Orfandad, menor de 18 con discapacidad ≥ 65 % | 563,00 € | 7.882,00 € |
| Orfandad absoluta, un solo beneficiario | 828,80 € | 11.603,20 € |
| Favor de familiares, por beneficiario | 286,50 € | 4.011,00 € |
| Favor de familiares, único beneficiario de 65 años | 691,70 € | 9.683,80 € |
Más detalles sobre requisitos y duración en nuestra guía de la pensión de orfandad 2026.
Complemento a mínimos: requisitos
- Límite de rentas: tus ingresos ajenos a la pensión (trabajo, capital, actividades, ganancias) no pueden superar 9.442 € anuales en 2026.
- Cónyuge a cargo: se considera que lo está si no cobra una pensión pública y los ingresos de ambos no llegan a 11.013 € al año.
- Residencia en España: no puedes pasar más de 90 días al año en el extranjero, salvo por enfermedad justificada.
- Tope: en las pensiones más recientes, el complemento no puede superar la cuantía de la pensión no contributiva.
- No es consolidable: se reduce cuando sube tu pensión o tus ingresos.
Ejemplo de cálculo
Jubilado de 67 años, sin cónyuge, con una pensión contributiva de 700 € al mes y sin otros ingresos. La mínima es de 936,20 €, así que recibe un complemento de 236,20 € al mes (3.306,80 € al año en 14 pagas) y cobra en total 936,20 €.
¿Cuánto subirán las mínimas en 2027?
Las pensiones mínimas siguen subiendo por encima del IPC hasta 2027 por la reforma de 2023, para acercarlas al umbral de pobreza. Las contributivas generales subirán con la media del IPC (entre el 3,4 % y el 3,6 % según los datos hasta septiembre). Lo explicamos en subida de las pensiones en 2027.
Preguntas frecuentes
¿Hay que pedir el complemento a mínimos?
Se solicita con la pensión, declarando tus ingresos. Si ya cobras pensión y tus ingresos bajan, puedes pedirlo en la sede de la Seguridad Social.
¿Qué pasa si supero el límite de ingresos?
Debes comunicarlo en el plazo de un mes. Si no lo haces, la Seguridad Social reclamará lo cobrado de más cuando cruce los datos con Hacienda.
¿Es lo mismo pensión mínima que no contributiva?
No. La mínima es un suelo para quien cotizó y tiene derecho a una pensión contributiva baja; la no contributiva es para quien no cotizó lo suficiente y carece de recursos.
Aviso: cuantías oficiales de 2026. Para tu caso concreto, consulta tu resolución o la sede electrónica de la Seguridad Social.



